Derogando en su totalidad la Ordenanza N° 69/18 . Estableciendo las acciones destinadas a la preservación de aquellos bienes muebles o inmuebles, privados o publicos, considerados componentes del patrimonio cultural, historico, arquitectonico de la localidad. Así como también el Patrimonio Inmaterial, incluyendo personas, dichos populares, musica, entre otros.