Derogando en su totalidad la Ordenanza N° 69/19 . Estableciendo las acciones destinadas a la preservación de aquellos bienes muebles o inmuebles, privados o publicos, considerados componentes del patrimonio cultural, historico, arquitectonico de la localidad. Así como también el Patrimonio Inmaterial, incluyendo personas, dichos populares, musica, entre otros.

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