El Cuerpo Deliberativo aprueba, conforme lo establecido en la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres se reconoce a la Igualdad de género como derecho humano e inalienable a toda persona y por tal razón necesaria de formar parte de la agenda pública y agenda de gobierno.
Que es necesario garantizar y promover la igualdad de género como una práctica cotidiana, a fin de que la misma sea una herramienta esencial para el logro de una sociedad más justa y equitativa.
Conforme a esta Ley Nacional 26.485, se considera violencia indirecta, toda conducta, acción u omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.
De este modo, el Concejo Deliberante establece el criterio de paridad de género al nominar a partir de la promulgación de la presente resolución, las calles, paseos, bulevares, espacios públicos de la ciudad de General Acha.
APROBADO POR UNANIMIDAD